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Padrón nacional de usuarios de telefonía móvil con datos biométricos, riesgo latente para la protección de datos personales, advierte INAI

#INAI 

  • Cualquier afectación o vulneración de datos biométricos podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación
  • Se debe limitar al máximo la recolección de datos biométricos

El Pleno del Senado aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen mediante la cual se crea un padrón con los datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares.

“Con el objetivo de combatir los delitos que son cometidos a través del uso de teléfonos celulares, se aprobó reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, escribe el Senado.

El registro de datos biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de la población requiere del mayor cuidado posible, ya que podría representar riesgos para la protección de los datos personales, advierte el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

La minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en el Senado de la República, busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del PNUTM, con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.

De acuerdo con la minuta aprobada, el padrón contendrá los siguientes datos: 1) número de línea de telefonía móvil; 2) fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil; 3) nombre completo, denominación o razón social del usuario; 4) nacionalidad; 5) número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea; 6) datos biométricos del usuario (persona física) o de su representante legal (persona moral); 7) domicilio del usuario; 8) datos del concesionario de telecomunicaciones; 9) esquema de contratación de la línea, y 10) avisos de actualización de información, por lo que se considera que podrían generarse riesgos al derecho a la protección de datos personales de los titulares.

Se advierte un riesgo potencial al permitir que el manejo de información de carácter biométrico, para fines de identificación personal, pueda ser manipulada por un número elevado de operadores de telefonía, pues se presume que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos

Para poder tener acceso a una línea de teléfono móvil, los mexicanos tendrán que entregar casi todos sus datos personales al Gobierno y a las empresas de telefonía. Además de una simple copia de una identificación, ahora tendrán que registrarse las huellas digitales, fotografías del rostro y datos detallados del domicilio del usuario. Todo para poder comunicarse. Este martes, el Senado mexicano aprobó, por una muy cerrada votación, la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obligará la entrega de datos biométricos para poder tener acceso a la comunicación celular.

Para el INAI, el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el tratamiento de los otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.

Resulta fundamental que el tratamiento de datos biométricos cumpla con los principios, deberes, derechos, procedimientos y obligaciones, previstos en la normatividad en materia de protección de datos personales. 

 Asimismo, se deberán implementar las medidas de seguridad físicas, administrativas y técnicas, acordes a los más altos estándares internacionales, a fin de garantizar el tratamiento adecuado de dichos datos y, previo a la implementación del padrón, elaborar una evaluación de impacto en la protección de datos personales.

Al INE le ha costado muchos años contar con un padrón, es ilógico pensar que con esta iniciativa puedas registrar 125 millones de datos en dos años”, indica Székely. Considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que pudieran revelar información sensible de las personas, así como obtener y utilizar únicamente los que sean necesarios, adecuados y no excesivos para las finalidades con las que serán recabados.

Para poder tener acceso a una línea de teléfono móvil, los mexicanos tendrán que entregar casi todos sus datos personales al Gobierno y a las empresas de telefonía. Además de una simple copia de una identificación, ahora tendrán que registrarse las huellas digitales, fotografías del rostro y datos detallados del domicilio del usuario. Todo para poder comunicarse. Este martes, el Senado mexicano aprobó, por una muy cerrada votación, la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obligará la entrega de datos biométricos para poder tener acceso a la comunicación celular. 

Según los expertos consultados, tanto individuos como empresas podrían emprender varios procesos de amparo para evitar que se usen sus datos biométricos. “Esperamos que se llegue hasta la Suprema Corte”, indica García, de R3D. El derecho a la comunicación, así como la presunción de inocencia, son algunas de las garantías individuales que podría comprometer este padrón.

 

Modificado por última vez en Miércoles, 14 Abril 2021 14:25